
handle: 11634/10905
El seguro de cumplimiento constituye uno de los mecanismos más empleados por los contratistas, como garantía de las obligaciones pactadas en el marco del contrato estatal. No obstante, en la reglamentación de esta figura se han establecido unas condiciones especiales, como la no terminación por mora en el pago de la prima, la improcedencia de la revocación unilateral, la inoperancia de las excepciones derivadas de la conducta del tomador, y la inaplicabilidad de regla proporcional, particularidades que en el evento de ser pactadas no producirán efecto alguno. Estas condiciones especiales del seguro de cumplimiento del contrato estatal contradicen algunas normas de carácter técnico y conceptual del contrato de seguro mercantil tradicional, dirigidas a preservar el equilibrio de este contrato. En consecuencia, se procede a analizar cada una de las mismas, con la finalidad de establecer si son adecuadas, y si desdibujan la condición de seguro de esta institución jurídica.
Magister en Derecho Contractual Público y Privado
Maestría
Aseguradoras, Contratos, Seguro
Aseguradoras, Contratos, Seguro
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