
Desde hace unos anos, se ha comenzado a hablar del «nuevo constitucionalismo latinoamericano». La designacion hace referencia a una serie de cambios que se habrian introducido en el constitucionalismo de la region, particularmente a partir de la ultima oleada de reformas que surgio a finales del siglo XX y principios del XXI (Colombia 1991, Argentina 1994, Venezuela 1999, Ecuador 2008, Bolivia 2009). En mi opinion, lo que se ha logrado no es, en lineas generales, demasiado innovador, ni es producto de particulares destrezas o innovaciones locales, ni es mayormente interesante. En este sentido, rechazaria, en primer lugar, la idea de que existe un «nuevo constitucionalismo latinoamericano», sin que ello implique, necesariamente, abrir un juicio de valor negativo sobre lo que existe. El balance que haria –y que enseguida procurare justificar– es que lo que hoy tenemos, constitucionalmente hablando, en America Latina, mejora en parte lo que teniamos, sin innovar demasiado, y por el contrario, reproduciendo y/o expandiendo algunos de los vicios y virtudes propios de la tradicion del constitucionalismo regional.
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